La titular del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Zaragoza, Eva María Chesa, ha denegado la medida cautelar solicitada por un militante del Partido Aragonés, que pedía la suspensión de la celebración del XV Congreso del PAR, que va a tener lugar este fin de semana, los días 23 y 24 de octubre. Sin embargo, la perdida de sus argumentos jurídicos en los tribunales no ha hecho tirar la toalla a los críticos del PAR. La aragonesista Elena Allué será su candidata para rivalizar contra el actual líder y vicepresidente del Gobierno de Aragón, Arturo Aliaga.

La actual directora general de Turismo del Gobierno de Aragón, Elena Allué, presenta su candidatura a la Presidencia del Partido Aragonés (PAR) con un equipo aragonesista «plural y con una amplia representación territorial». La candidatura que ella lidera, según ha manifestado, para presidir el Partido Aragonés (PAR) «no es unipersonal, es coral», fruto de una decisión «colectiva, de equipo, plural», que quiere favorecer un proceso «democrático, abierto y transparente» dentro del partido ya que hasta ahora «no ha sido así».

Así lo ha señalado en el acto en el que ha dado a conocer su candidatura, que ha tenido lugar a las puertas de la sede del PAR en Zaragoza. La presentación de avales, más de 200, se producirá antes de que concluya el plazo, a las 20.00 horas de este jueves.

Allué se enfrentará así al actual presidente del PAR, Arturo Aliaga, quien se ha presentado a revalidar el cargo. La votación se producirá el sábado, 23 de octubre, por la tarde, en el marco del XV Congreso del partido, que se celebrará a lo largo de todo el fin de semana.

La candidata ha asegurado que han trabajado para propiciar la unidad y seguirán haciéndolo «hasta el mismo momento de la votación», pero «para eso hay que estar dispuestos a dialogar y ni siquiera en este momento se ha dado ese paso» por parte de la otra candidatura. No obstante, ha hecho un llamamiento a los denominados oficialistas «para que sepan que cuenta con un hueco en el nuevo futuro que hoy se abre con esta candidatura».

El plazo para presentar candidaturas a la Presidencia estará abierto hasta unas horas antes al inicio del congreso, según comunicó hace unos días el propio Aliaga. Este fin de semana, 500 compromisarios se van a reunir para elegir a su líder y debatir sobre el futuro del partido y de la comunidad autónoma a través de varias ponencias políticas y de estatutos.

LA VÍA JUDICIAL, AGOTADA

El demandante esgrimía que en los Reglamentos aprobados el pasado 7 de septiembre por los que se rige la celebración del XV Congreso del PAR no respetan la Constitución española en lo que se refiere al funcionamiento democrático de un partido y al derecho de asociación puesto que, a su entender, no todos los militantes tienen el mismo derecho a elegir a los órganos de gobierno del partido.

Esto es así, según la demanda presentada, porque, en el citado Reglamento, los alcaldes que sean militantes del PAR tienen un sistema de elección de compromisarios para el congreso diferente al de los demás, motivo por el que se quería impugnar el Reglamento y se pedía la suspensión del congreso, como medida cautelar, puesto que éste se va a regir por un documento para el que se pide su nulidad.

En un auto, con fecha 20 de octubre, la titular del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Zaragoza argumenta, por un lado, que el demandante ha salido elegido compromisario «por lo que en principio no va a ser vulnerado su derecho«. Por otro, sostiene que si bien es cierto que se ha modificado el sistema de elección de compromisarios, los Reglamentos que rigieron anteriores congresos «también establecían distintas categorías de compromisarios, que no suponían una auténtica igualdad entre todos los militantes» y entonces no se impugnaron.

AGOTAR TODAS LAS VÍAS

La magistrada también esgrime que en la documentación aportada no consta que la comisión ejecutiva del PAR, que dio el visto bueno al Reglamento del congreso, no haya respetado el procedimiento para aprobarlo.

Además, añade, en caso de que lo hubiera hecho, no consta que el demandante haya agotado las vías internas del partido pues lo único que refiere es un escrito dirigido al Defensor del Militante, pero «nada ha referido a si las decisiones adoptadas por la comisión ejecutiva son irrecurribles, firmes o sin posibilidad de queja alguna ante órgano superior, como puede ser el Consejo Territorial, que es el encargado de resolver los recursos contra los acuerdos de otros órganos del partido».

Concluye el auto que el procedimiento seguido para aprobar el Reglamento no consta que resulte contrario a las normas estatutarias ya que éstas establecen que son miembros natos del congreso los de la comisión ejecutiva y que el resto serán elegidos atendiendo al criterio de proporcionalidad, «sin que en este momento pueda emitirse un juicio indiciario de que se haya vulnerado».

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Zaragoza también estima que la suspensión del congreso «supondría un perjuicio para el propio PAR, que parece ser que está dispuesto a arriesgar», al oponerse a la adopción de esta medida cautelar. El auto condena a la parte demandante al pago de las costas. Contra esta resolución, cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Zaragoza, en el plazo de 20 días.