La Sala López es reconocida como uno de los establecimientos más icónicos de Zaragoza por sus conciertos y una de las discotecas más populares entre los jóvenes de la ciudad. Sin embargo, esto no impedirá que enfrente una orden de «cierre y clausura» inmediata emitida por el consejo de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Zaragoza debido a la ausencia de una licencia de funcionamiento.

Los propietarios confían en solucionar el problema sin interrumpir las actividades del local, y aún tienen la opción de presentar un recurso de reposición y acudir a la Justicia para solicitar medidas cautelares. Todo apunta que podría cambiar el panorama y que el lunes el Ayuntamiento acuerde dar la licencia de funcionamiento. Sin embargo, a día de hoy, su casi cierre está decretado por el gobierno municipal.

EJECUCIÓN FORZOSA

La falta de licencia, según el expediente que se presentará a la Gerencia, convierte la actividad del establecimiento en «clandestina». Esto «obliga a proceder de inmediato y con plena efectividad a la clausura del local para evitar que se prolongue en el tiempo la posible violación de las normas» hasta que se obtenga la licencia correspondiente que garantice «la inexistencia de infracciones».

El informe advierte que, si no se acata voluntariamente en un plazo de dos días, el Ayuntamiento «procederá a la ejecución forzosa» de la resolución. En consecuencia, una vez verificado el incumplimiento, la Policía podrá incluso precintar el local, ubicado en el corazón del barrio del Arrabal, en las 24 horas siguientes.

CAMBIO DE TITULARIDAD

Los problemas comenzaron en 2022, cuando, al solicitar un cambio de titularidad, se anuló la licencia de funcionamiento anterior. La situación se originó debido a la necesidad de realizar mediciones de ruido, requisito imprescindible para obtener la nueva licencia. Los implicados presentaron alegaciones para evitar sanciones y solicitaron que el Ayuntamiento realizara las mediciones, pero esta solicitud fue desestimada.

Los funcionarios señalan que, de acuerdo con la jurisprudencia reiterada del Tribunal Supremo, un establecimiento que carece de licencia de apertura no puede recibir medidas que permitan su funcionamiento. En estos casos, lo que procede es decretar su clausura, ya que está operando al público sin cumplir con las condiciones exigidas por la normativa aplicable a estas actividades.

PLAZO DE UN MES

Si la resolución se confirma, los propietarios tendrán un mes desde el día siguiente a la notificación para presentar un recurso de reposición ante el propio Consejo de Gerencia. Este paso finalizará la vía administrativa, y entonces podrán recurrir al contencioso-administrativo en un plazo de dos meses.

Presentar un recurso de reposición retrasaría el proceso entre 15 días y un mes, ya que, según la jurisprudencia vigente, lo común es que la resolución quede suspendida hasta que se resuelvan las alegaciones.