Comienzo con una reflexión personal que no creo que necesite muchas explicaciones, aunque es probable que sí alguna precisión: es más democrático ilegalizar un partido político que permitir que ese partido o sus miembros, siguiendo las consignas del partido, incumplan las leyes o desobedezcan las sentencias judiciales. 

Partamos de la base de que es legítimo en España defender la secesión de una parte de su territorio. Pero eso hoy no cabe en la Constitución. También es legítimo proponer la disolución de las autonomías. Yo mismo lo deseo y lo propongo. O proponer la república. O un Estado federal (o confederal, como realmente propone el PSOE confundiendo ambos términos y el distinto alcance de la descentralización política y competencial que suponen) Pero nada de eso, efectivamente, cabe en nuestra Constitución. Proponer cualquiera de esas cosas lleva implícita la propuesta de reforma constitucional, para que tengan encaje en ella, y esas propuestas, o la forma de llevarlas a cabo, puedan al menos intentarse o someterse a referéndum, dada su trascendencia.  

Pero si defender la secesión es legítimo y hasta legal, las formas en que pretenda llevarse a cabo pueden no serlo. No fue legal la asonada del 1 de octubre de 2017 en Cataluña. Y eso no lo lavará una Ley de Amnistía, que tampoco cabe en la Constitución, aunque pretenda envolverse en papel de regalo. Ni ha sido legal la forma violenta en que ha actuado ETA a lo largo de más de cuarenta años. Tampoco era legal el amparo y justificación que le daba Batasuna.  

Hay países que se han planteado y resuelto la inconstitucionalidad o ilegalidad de partidos. Uno de esos ejemplos es Alemania, que es una democracia dispuesta a defenderse de las organizaciones cuyo fin sea terminar con el orden democrático y capaz de hacerlo. No hay libertad allí para los enemigos de la libertad, ni se transige con los intransigentes, ni se tolera a los intolerantes. El art. 21 de la Ley Fundamental de aquel país, dedicado a los partidos políticos, establece en su apartado II que «son inconstitucionales los partidos que, por sus fines o por la conducta de sus seguidores, persigan menoscabar o eliminar el orden fundamental democrático libre o poner en peligro la existencia de la República Federal de Alemania», y añade que «corresponde al Tribunal Constitucional declarar dicha inconstitucionalidad». Obsérvese que son dos los bienes jurídicos protegidos cuya garantía puede justificar la prohibición de un partido: el “orden fundamental democrático libre” y la “existencia de la República Federal de Alemania”. 

Me centraré ahora en la defensa del orden democrático. Y aquí es inevitable citar un famoso discurso de Kennedy: “Los estadounidenses son libres, en resumen, de estar en desacuerdo con la ley, pero no de desobedecerla. Pues en un gobierno de leyes y no de hombres, ningún hombre, por muy prominente o poderoso que sea, y ninguna turba por más rebelde o turbulenta que sea, tiene derecho a desafiar a un tribunal de justicia. Si este país llegara al punto en que cualquier hombre o grupo de hombres por la fuerza o la amenaza de la fuerza pudiera desafiar largamente los mandamientos de nuestra corte y nuestra Constitución, entonces ninguna ley estaría libre de duda, ningún juez estaría seguro de su mandato, y ningún ciudadano estaría a salvo de sus vecinos”. 

Hoy el debate surge por las diferentes propuestas del PP y de VOX, que ninguna ha sido aceptada en el Congreso con la actual correlación de fuerzas: disolución de los partidos que promuevan referéndums ilegales o ilegalización de esos partidos. ¿Pero el hecho de que ninguna de esas propuestas prospere nos deja inermes? En ningún caso debería ser así. Hay un término del Derecho que es fundamental y que en España se ha obviado a la hora de enjuiciar el comportamiento de los partidos: la responsabilidad penal individual. Los partidos son organizaciones, entes abstractos si se quiere, pero formados por personas, y se mueven y actúan por las decisiones de personas individuales y concretas, sean éstas pocas o muchas. Cuando un partido lanza una consigna ilegal, hay una o varias personas responsables de la misma.

Y si ese partido ostenta el poder ejecutivo en una región o municipio y adopta decisiones contrarias a las leyes o desobedece una sentencia, hay una persona que emite esa orden, sea presidente, consejero, director general o jefe de servicio. Y esa o esas personas deben ser procesadas de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico. Y si es funcionario, debe abrírsele un expediente disciplinario y, si procede, ser suspendido de empleo y sueldo. No pueden pisotearse los derechos ciudadanos impunemente, el derecho a la enseñanza en español, por ejemplo, o ejercerse cualquier otro tipo de discriminación, segregación, señalamiento o acoso de ciudadanos en un Estado de Derecho sin que haya consecuencias. Eso es lo que hasta ahora no se ha hecho y por eso hemos llegado a esta situación.  

Si quienes ejercen de pequeños dictadores violentado los derechos de la gente supieran que pende sobre ellos la amenaza de un castigo (absolutamente legal y más que justificado), las cosas hubieran sido muy diferentes en España. Estamos a tiempo. 

Julio Calvo Iglesias 

Presidente del Comité Ejecutivo Provincial de VOX en Zaragoza