La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional emitió una sentencia que resuelve la controversia sobre el cómputo de los cinco días de permiso por enfermedad, accidente u hospitalización de familiares, establecidos en el Real Decreto-ley 5/2023, lo cual puede considerarse unos días de vacaciones extra. Determina que estos deben considerarse como días hábiles, no naturales, al igual que los dos días de permiso por fallecimiento de un familiar.

¿Vacaciones extra?

La resolución parcialmente acepta una demanda sindical contra el convenio colectivo de ‘contact-center‘, anterior al decreto, que consideraba estos días como naturales. Además, invalida un acuerdo posterior suscrito por CCOO, UGT y la patronal del sector.

El permiso de vacaciones es aplicable a la pareja, parientes hasta el segundo grado, y cuentan como extra convivientes que cuiden al trabajador.

Próximas leyes

La Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció la próxima prohibición, por ley, de despedir a un trabajador alegando invalidez permanente sobrevenida. La medida busca eliminar la palabra «disminuido» y garantizar la protección laboral de aproximadamente 685,300 trabajadores con discapacidad en España.

La legislación actual permite a las empresas despedir por incapacidad sobrevenida. La modificación propuesta impedirá el despido automático, declarando nulo el despido y exigiendo readmisión, indemnización y salarios pendientes.

El Estatuto de los Trabajadores incluye el permiso de formación, que permite ausentarse con salario para el desarrollo profesional. Regulado por el artículo 23.3, concede 20 horas anuales acumulables hasta un máximo de 100 horas en 5 años, sin detallar su solicitud, dejándolo a acuerdo entre trabajador y empresario o convenio colectivo.