Cuando una persona es expulsada por mandato judicial suele serlo por la gravedad de sus delitos o por un acuerdo previo entre las partes que hace que no se llegue a juicio. En esta última situación se encontraron tres ciudadanos de la República Dominicana.

Fueron expulsados el pasado mes de diciembre de 2023 por agentes de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras. Se encontraban ingresados en el Centro Penitenciario de Zuera por cometer diferentes delitos como tráfico de drogas, atentado a agente a la autoridad y lesiones, entre otros y cuya condena ha sido sustituida por su expulsión del territorio nacional.

Atentado a agente de la autoridad y lesiones implica una posible indemnización a un policía que fue víctima de una agresión. «En un juicio cabe solicitar una responsabilidad económica y el pago de los gastos médicos además de la susodicha indemnización al agente», relata el abogado penalista Marco Antonio Navarro.

Sin embargo, explica Navarro, si se dicta una orden de expulsión del país se presupone que no se llega a celebrar el juicio ya que se cambia la pena de prisión por la expulsión. «En resumen, si no hay juicio no hay posibilidad de que la víctima recibe un dinero», relata esta abogado penalista.

UNA CONDENA DE 21 AÑOS Y DE VUELTA A SU PAÍS

Existen otros supuestos, como el del cuarto expulsado recientemente desde Aragón. Un ciudadano marroquí que acababa de cumplir casi 21 años de cárcel en el Centro Penitenciario de Daroca. Fue expulsado el 11 de enero.

Este hombre tenía ordenada su expulsión por un periodo de diez años, según resolución de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza, por infracción de la ley que sanciona al extranjero por haber sido condenado por una conducta dolosa que constituya en nuestro país delito sancionado con pena privativa de libertad superior a un año.

Responsable de tres delitos de violación agravados por la actuación conjunta de dos personas y el empleo de armas, una vez fue excarcelado paso a manos de un juez que decretó su ingreso en el Centro de Internamiento de Extranjeros de Valencia, adonde fue trasladado, mientras se tramitaban las gestiones para obtener un documento de viaje válido ante las autoridades de Marruecos. En este segundo caso se aplica la ley por los agravantes pero en el primero, los pactos de las partes pueden llevar a que los acusados no acaben no haciendo frente a todo lo que se les pide por infringir la ley.

Las cuatro expulsiones se han realizado en dos vuelos especiales fletados por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras para la expulsión de ciudadanos de Marruecos y República Dominicana en situación irregular en España.