La Audiencia Provincial de Zaragoza ha dictaminado que la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) debe pagar una indemnización de 10.092 euros a Javier Gacías Mateo, autor de ‘Dios está aquí’, una de las piezas religiosas más conocidas. La Audiencia considera que la SGAE incumplió un contrato en la defensa de los derechos de autor de la canción y debe compensar los daños.

La defensa de Gacías considera la indemnización insuficiente y ha presentado un recurso de casación en el Tribunal Supremo, argumentando que la Audiencia usó un criterio «arbitrario» para establecer la cantidad a abonar. La abogada Mónica Sevil reclamaba 100.000 euros por los daños.

La historia comenzó en 1979, cuando Gacías compuso la canción para un festival cristiano en Zaragoza. Desde entonces, la canción ha tenido múltiples versiones y acumulado decenas de millones de reproducciones en plataformas como Spotify o Youtube (algún vídeo cuenta con más de 300 millones de visualizaciones), incluso sonando en visitas papales al extranjero.

Gacías reclamó sus derechos a la SGAE en 2013 y tras no ver resueltas sus peticiones, decidió recurrir acudir a los tribunales. Tras archivar la causa en primera instancia en 2022 el autor presentó un recurso que acaba de resolver la Audiencia Provincial favorablemente.

18 REGISTROS INDEBIDOS

En su recurso, Gacías argumentó que la SGAE permitió la inscripción de la obra por nuevos autores después de su registro en 1990, infringiendo sus derechos de propiedad intelectual con 18 registros indebidos que habían estado percibiendo los derechos de autor que le correspondían a él.

En el proceso el demandante dejó claro que la SGAE no liquidó derecho alguno hasta el año 2009 y «desde entonces le ha liquidado en escasas ocasiones y un mínimo número de las explotaciones que ha llevado a cabo». Así, se habría incumplido el contrato suscrito con la SGAE en noviembre de 1990, donde constaban las obligaciones relacionadas con la «documentación, la gestión y la administración de los derechos patrimoniales derivados de los derechos de autor».

La sentencia indicó que, aunque se aportaron pruebas durante el proceso, no se estableció con precisión la cantidad a indemnizar. La Audiencia fijó la compensación en 10.092 euros, rechazando además indemnizar por daños morales.

La defensa de Gacías ha apelado estos parámetros y la falta de regularización de los registros ilegítimos, argumentando que la SGAE sigue pagando a otros por los derechos de su obra sin corregir la situación a favor de su representado.