El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, ha propuesto el artículo 92 de la Constitución española como la «vía óptima» para un referéndum de independencia en Cataluña, tal como concluye el informe Institut d’Estudis d’Autogovern (IEA) sobre las vías jurídicas para una eventual votación.

Según esta propuesta, el referendo sería pactado y tendría un carácter binario, con respuestas ‘sí’ o ‘no’. No se requerirían mayores mayorías de participación ni de aprobación, y los efectos de la consulta no serían automáticos. En cambio, antes de llevar a cabo la consulta, se debería haber acordado previamente cómo se implementaría el resultado.

«PLENAS GARANTÍAS»

La apuesta del independentismo catalán por un referéndum viene de lejos y así lo constata el documento, que cita la consulta del 9 de noviembre de 2014 y el referendo unilateral del 1 octubre de 2017 como antecedentes que han «evidenciado que la falta de un acuerdo político con las instituciones del Estado no ha permitido la celebración de una consulta con plenas garantías para el despliegue de sus efectos».

«Precisamente, por contra, la negociación y el acuerdo concuerdan con los principios que han permitido la celebración de los referéndums en Quebec y Escocia», añade el texto.

COMPETENCIAS DEL PARLAMENT CATALÁN

El referéndum unilateral de 2017 se llevó a cabo en base a leyes aprobadas por el Parlament catalán, sin el aval de las Cortes Generales españolas. Sin embargo, estas leyes fueron posteriormente anuladas por el Tribunal Constitucional. Según el informe encargado por Aragonès, para que una consulta sobre la independencia sea válida, es necesario acudir al ordenamiento jurídico estatal. Esto significa que las competencias del Parlament catalán no son suficientes para respaldar una votación de este tipo.

En este contexto, Aragonès considera que la vía más adecuada sería utilizar el artículo 92 de la Constitución española, que establece la posibilidad de convocar referéndums consultivos a nivel estatal. Esta opción requeriría un acuerdo entre el Gobierno central y la Generalitat para llevar a cabo la consulta de forma legal y pactada.

Además del artículo 92, Aragonès identifica otras posibles alternativas, como reformar la ley orgánica 2/1980 sobre la regulación de diferentes modalidades de referéndum, o bien, delegar las funciones estatales para autorizar referéndums a través del artículo 150.2 de la Constitución. Estas opciones también implicarían un acuerdo entre el Gobierno central y la Generalitat para poder llevar a cabo la consulta de manera legal y consensuada.

«VÍA CATALANA»

Pere Aragonès resalta que el informe considera casos de referéndum en otras partes del mundo, como Escocia y Quebec, pero destaca una «vía propia, la vía catalana». Ha afirmado que este informe puede ser útil para iniciar una nueva etapa de negociación con el Estado, que según él se abrirá después de las elecciones del 12 de mayo, una vez constituido un nuevo Parlament y un nuevo Govern.

Aragonès subrayó que la Generalitat ha participado en la mesa de diálogo con el Estado gracias al camino recorrido hasta el momento. Recordó eventos significativos como la consulta del 9 de noviembre de 2014 y el referéndum unilateral del 1 de octubre de 2017.

Estos hitos, según el presidente catalán, demuestran la voluntad de Cataluña de decidir su futuro y lo instan a persistir en ese camino.

Tal y como trasladó el presidente catalán, el informe estará «a disposición de todo el mundo», incluidos los grupos parlamentarios y el Gobierno central. Esta herramienta estará disponible para el próximo Govern de la Generalitat, que surgirá tras las elecciones del 12 de mayo.