Esta ayuda se conoce como complemento por hijo a cargo y está diseñada para garantizar unos ingresos mínimos a personas y familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica, con el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social.

Esta ayuda forma parte del IMV, por lo que se le incluirá automáticamente a esas familias que estén recibiendo el Ingreso Mínimo Vital. Sin embargo, también se le pueden conceder a personas que no estén recibiendo esta subvención de forma independiente.

Esta es una prestación que está destinada a familias que tienen menores de edad a su cargo, un apoyo para que estas familias puedan aliviar su presión económica, e intentar que los menores que viven en las familias tengan alimentos básicos y sus familias puedan enfrentarse a las facturas de los servicios básicos.

Esta ayuda no es una cifra concreta, y la cuantía depende de la edad del menor que la familia tiene a su cargo. Además, las cuantías anuales, por lo que se reparten en 12 pagas mensuales. Las cuantías de la ayuda dependiendo de la edad del menor son las siguientes:
Hijos de menos de tres años: 1.380 euros al año, en pagas de 115 euros al mes.
Hijos de entre tres y seis años: 966 euros al año, en pagas de 80,50 euros al mes.
Hijos de menos de entre siete y dieciocho años: 690 euros al año, en pagas de 57,50 euros al mes.

REQUISITOS

Esta ayuda es para familias residentes en España, con una residencia legal y efectiva en el país. Además, los hijos para los que se puede solicitar la ayuda deben ser menores de edad, y no haber cumplido 18 años.

Otro de los aspectos importantes es que la unidad de convivencia debe estar realmente en situación de vulnerabilidad económica. Para ello, se van a revisar los ingresos de todas las personas que están viviendo juntas, así como su patrimonio, para asegurarse de que realmente no les da para vivir.

Además de esto, las familias deben estar al día de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y deben poder proporcionar la documentación que demuestre que cumplen todos estos requisitos.

CÓMO ACCEDER

Para solicitar esta ayuda, necesitarás realizar la solicitud del Ingreso Mínimo Vital a través de cualquier dispositivo. Esto lo puedes hacer en la página ‘Sede.seg-social.gob.es’, en la pestaña Ciudadanos, y en la sección Familia.  Esto te llevará a una página donde tienes varias opciones para solicitarlo, una con el certificado electrónico y otros métodos y otra para cuando no los tienes.

Lo que debes tener en cuenta, es que durante el trámite tienes una opción para solicitar este complemento a la infancia, y es lo que debes asegurarte de solicitar además de todo el IMV.

En alguno casos la ayuda se pagará automáticamente, ya que el Instituto Nacional de la Seguridad Social tiene ya tus datos:
– Si estás recibiendo el Ingreso Mínimo Vital.
– Si has solicitado el Ingreso Mínimo Vital y tu expediente está en trámite.
– Si eres beneficiario de Protección Familiar, siempre y cuando los miembros de tu unidad de convivencia sean los mismos que aparezcan en este expediente.