El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Militar Central que impuso una suspensión de empleo de cuatro meses a un guardia civil que, tras consumir alcohol, dejó su puesto de trabajo en el aeropuerto de Alicante tres horas antes de finalizar su turno. El guardia alegó que nunca prestó servicio estando ebrio ya que eligió marcharse.

El incidente tuvo lugar el 1 de mayo de 2021, cuando el guardia civil estaba asignado al Destacamento Fiscal de la Sección del Aeropuerto de la Comandancia de Alicante, con un horario de servicio de 15:00 a 23:00 horas.

Alrededor de las 20:00 horas, los colegas del oficial notaron su ausencia, lo que dio inicio a una búsqueda intensiva en todo el aeropuerto, incluyendo llamadas a su móvil que resultaron infructuosas.

Las cámaras de seguridad del aeropuerto revelaron que el guardia abandonó las instalaciones a las 20:13 horas en su coche particular.

Poco después, fue descubierto por un ciudadano en el paseo de El Rebolledo, aún vistiendo su uniforme, dentro de su vehículo.

Tras ser localizado, una patrulla lo llevó de vuelta al aeropuerto, donde un test de alcoholemia confirmó su estado de ebriedad. Varios testigos corroboraron que ese día el agente mostraba claros signos de intoxicación alcohólica.

A pesar de la evidencia, el guardia civil decidió recurrir al Tribunal Supremo, argumentando que técnicamente no estaba «prestando servicio» en el momento de su embriaguez, ya que había decidido abandonar su puesto.

A esta alegación, la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo respondió que, independientemente de si estaba presente o no, su turno no había finalizado, y, por lo tanto, estaba bajo el deber de prestar servicio hasta las 23:00 horas.

El fallo concluyó que quedó “probado de manera indubitada” que el guardia civil consumió alcohol durante el tiempo en el que debía estar de servicio, lo que resultó en su sanción confirmada. Este caso destaca la importancia de la integridad y la responsabilidad de quienes ocupan roles críticos en la seguridad pública.