El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rebajado en un año -de 15 a 14 años- la pena de prisión impuesta por el Tribunal Supremo a uno de los cinco condenados de la Manada por la violación grupal de los Sanfermines de 2016 en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de Garantía Integral de la Libertad Sexual (ley del solo sí es sí).

La Sala de lo Civil y Penal del TSJN sostiene que la condena debe reducirse puesto que el propio Tribunal Supremo señaló en su sentencia que imponía una condena de 15 años, «próxima» o «cercana» al mínimo legal, unos mínimos que la citada ley rebajó «sensiblemente», según ha informado el TSJN.

Así, según explica la Sala, la pena máxima continúa inalterada, pero la mínima desciende 1 año y 3 meses, pasando de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años.

«En consecuencia, los 15 años de prisión impuestos quedan 2 años por encima del mínimo posible que, efectivamente, están dentro del arco penológico posible, pero que, a juicio de la mayoría de esta Sala, ya no cumple el parámetro fijado por el Tribunal Supremo en su sentencia cuando calificaba la pena impuesta como ‘muy próxima al mínimo legal’, o como ‘pena superior al mínimo legalmente previsto, aunque muy cercana al mismo», argumenta.