La campaña de la Renta en España de 2023 comenzó el 3 de abril de 2024 y concluirá el 1 de julio, salvo para las declaraciones a ingresar en las que se quiera domiciliar el pago, que podrán presentarse hasta el 26 de junio. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recordado estas fechas, además de señalar las novedades fiscales que se aplicarán en 2024.

Según la OCU, lo más destacado son los cambios introducidos por la Ley de Vivienda, que entrarán en vigor en este año. Sin embargo, estos no son los únicos cambios, ya que también habrá modificaciones en la obligación de declarar en el IRPF.

ESTAS SON LAS NOVEDADES

Para la campaña de la Renta 2023 es importante tener en cuenta que, según la normativa, los contribuyentes cuyos ingresos íntegros del trabajo no superen los 22.000 euros no están obligados a presentar la declaración, siempre que cumplan con los demás requisitos para estar exentos.

Es crucial destacar que, hasta el año pasado, este límite se reducía a 14.000 euros en el caso de que los ingresos del trabajo provinieran de más de un pagador, siempre y cuando las cantidades recibidas de los demás pagadores superaran los 1.500 euros. Sin embargo, para la próxima declaración correspondiente a 2024, este límite se ha elevado a 15.000 euros.

Además, se han introducido novedades respecto a la obligación de declarar para los autónomos. Según la OCU, estarán obligados a presentar la declaración este año si estuvieron dados de alta en cualquier momento del año 2023 como trabajadores por cuenta propia en el Régimen Especial de Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

Hasta el año pasado, no estaban obligados a hacerlo si la suma de todos sus rendimientos, incluidos los de su actividad, no superaba los 1.000 euros anuales.

LOS GASTOS PARA REDUCIR EL IRPF: ESTOS SON

Destacamos algunos de los gastos que podrías considerar para reducir tus impuestos en la declaración de la renta, aunque es importante tener en cuenta que estos pueden variar según la comunidad autónoma:

1. Deducción por trabajador autónomo: Los autónomos pueden deducirse una variedad de gastos relacionados con su actividad profesional, como la cuota mensual de autónomo, suministros domésticos, reparaciones, entre otros.

2. Deducción por compra de vehículo eléctrico: Este año, es posible deducirse parte del gasto en la compra de un vehículo eléctrico o en la instalación de un punto de carga, con un límite máximo de deducción de 3.000 euros.

3. Deducción por maternidad: Las madres pueden deducirse los gastos relacionados con la maternidad, incluidos los gastos de guardería o educación infantil hasta los 3 años desde el 1 de enero de 2023.

4. Deducción por aportación a plan de pensiones: Se pueden deducir hasta 1.500 euros de las aportaciones a planes de pensiones, con un porcentaje del 30% sobre la base de rendimientos netos del trabajo si la aportación es menor.

5. Deducción por familia numerosa: Las familias numerosas pueden tener derecho a una deducción de hasta 2.400 euros en el impuesto sobre la renta, dependiendo del número de hijos.

6. Deducción por mejoras en eficiencia energética: Se pueden aplicar deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas, con ahorros que van desde 5.000 hasta 7.500 euros, dependiendo del tipo de obra realizada.

7. Deducción por donación a ONG: Se puede desgravar un 80% del dinero donado a organizaciones sin ánimo de lucro.

8. Deducción por reformas: Se puede deducir hasta 1.356 euros por inversiones en la adquisición o mejoras de la vivienda habitual, siempre y cuando se hayan realizado antes del 1 de enero de 2013.