Hace unos días que HOY ARAGÓN hablaba con Luisa Villamil, hermana de Jorge, el joven de 19 años que perdió la vida tras recibir un puñetazo la noche del 23 de mayo de 2021. Según informe médico forense de autopsia,  la causa de la muerte fueron las lesiones derivadas de  la contusión facial derecha sufrida a consecuencia del  puñetazo que le produjo un traumatismo facial y craneoencefálico.

Dicen los informes médicos que la muerte se produjo por el golpe, y no por la caída al suelo, como se cita en la sentencia. En definitiva, y tras valorar las exposiciones de acusación, defensa y fiscalía, la jueza ha decidido decretar tres años de cárcel para el acusado, de los cuatro solicitados por el letrado de la familia Villamil. 

Delito de homicidio por imprudencia grave, dicta la magistrada, previsto y penado en el artículo 142.1 del Código Penal. ¿Por qué tres y no cuatro años? precisamente porque la presidenta de la sala ha tomado en cuenta lo que se conoce como reparación moral a las víctimas, es decir, el pago de un dinero que la acusación reclamó de un total de 28.000 euros como abono parcial de la indemnización.

«Cualquier forma de reparación del daño o de disminución de sus efectos, sea por la vía de la restitución, de la indemnización de perjuicios, o incluso de la reparación del daño moral puede integrar las previsiones de la atenuante. Lo que pretende esta circunstancia es incentivar el apoyo y la ayuda a las víctimas», dice el dictamen de la magistrada de este caso.

La defensa de Iván M. insiste y lo hará así en el recurso de esta sentencia, en incluir dos atenuantes más que la jueza no ha contemplado en este caso. El primero, el supuesto estado de embriaguez del agresor, pero dice la sentencia que «no consta probado que Iván tuviera afectadas de manera alguna sus facultades intelectivas ni volitivas consecuencia de cualquier consumo de bebida alcohólica».

También, y con el fin de rebajar esos tres años de condena con el fin de que el acusado no entre en prisión de nuevo, ya que cumplió varios meses de preventiva antes de pagar 6.000 euros de fianza y salir en libertad, la defensa de Iván quiso que la jueza tomase en cuenta la atenuante de dilatación y retraso en la celebración del proceso judicial por tardanza en la elaboración de los escritos de acusación. Algo que no se considera oportuno.

«¡QUÉ HACES, QUÉ HACES!»

Aquella noche y tras una discusión, la mujer que había sido pareja de Iván y también del agresor estaba hablando con la víctima, y cuando se produjo el golpe mortal, ella le recriminó a Iván , según explica, lo que había hecho. Pero también se aprecia que ella no preguntó después por el estado de Jorge.

«No existió pelea», dice la jueza; «directamente vio que Iván le dio un puñetazo a aquél en la cara; que lo vio cuando él se hallaba subiendo las escaleras», relata. La familia de Jorge nunca estuvo de acuerdo con la calificación del caso. «¿Cuatro años por la vida de mi hermano?», explicaba su hermana, Luisa. Ahora solo quiere que el agresor de Jorge entre en prisión y que el recurso no prospere. Aunque sin antecedentes, el acusado entraría en prisión por ser condenado a más de dos años.

En materia de responsabilidad civil, la jueza dicta que se debe indemnizar a los padres de Jorge con 80.000 euros a cada uno, y a su hermana con 25.000. Al Servicio Aragonés de Salud del Gobierno de  Aragón también deberá pagar 1.900 euros, además de las costas que incluyen las de la Acusación Particular.