En un reciente fallo del juzgado Penal nº 5 de Zaragoza, un hombre ha sido condenado a un año de prisión y a abonar indemnizaciones que ascienden a un total de 1.250 euros, además de una multa de 2.880 euros, tras ser hallado culpable de grabar ilegalmente en un vestuario.

El individuo, que ejercía como entrenador en el polideportivo del Colegio Agustinos de la ciudad de Zaragoza, escondió una cámara de grabación dentro de una bolsa con sus pertenencias en el vestuario destinado a monitores y entrenadores. Además, según fuentes judiciales aseguran que es Policía y ejerce en la provincia de Zaragoza.

La juez, en su fallo, señaló que estos hechos violaban claramente el derecho a la intimidad y la protección de la propia imagen de las víctimas, tal como lo estipula el Código Penal bajo el delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Se destacó que el vestuario es, por naturaleza, «un espacio de privacidad», donde los monitores, en este caso específico de natación, se desvisten para cambiarse de ropa y ponerse sus bañadores, lo que posiciona a este delito en el ámbito de los «consumados».

A pesar de que la defensa alegó que la intención del acusado era grabar y atrapar al responsable de una serie de hurtos en el vestuario, la magistrada refutó este argumento citando jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Esta doctrina sostiene que intentar obtener pruebas o indicios de un delito mediante la invasión de la privacidad no está justificado, y que solo una autorización judicial podría constituir una excepción.

La resolución aún no es definitiva, y el condenado tiene un plazo de 10 días para presentar un recurso ante la Audiencia Provincial de Zaragoza.

Mientras tanto, este caso resalta la importancia de la protección y respeto de la privacidad, incluso en contextos donde pueda haber otras circunstancias delictivas en juego.