El TSJA acaba de publicar su decisión y confirma la condena de prisión permanente
revisable para los parricidas del Picarral.
La madre de la pequeña Laia, de tan solo dos años de edad, y su padrastro «golpearon sistemáticamente a la menor hasta el punto de causarle una grave lesión, y le privaron de asistencia médica para tratarla, determinando de esta forma su fallecimiento«.

El alto tribunal aragonés desestima los recursos presentados por Vanesa y Cristian, condenados a prisión permanente revisable por la Audiencia de Zaragoza en octubre de 2023, como autores del asesinato de la menor Laia y confirma íntegramente la sentencia dictada en primera instancia.

El tribunal desestima todas las alegaciones hechas por los abogados de los dos procesados y responde a ellas argumentando que el veredicto jurado declara probada la culpabilidad de ambos acusados.

En respuesta a la defensa de Cristian, uno de los acusados, sobre la falta de motivación e incongruencia en el veredicto del jurado, el tribunal responde que el jurado ha cumplido y que «el veredicto declara probada la culpabilidad de ambos acusados de golpear a su hija
indefensa, con intención de causarle la muerte».

Sobre la alegación de vulneración del derecho a la presunción de inocencia, argumentada por ambos letrados de la defensa, razonan los jueces que no se aprecia motivo alguno que pueda justificar un evidente error por parte del jurado ni una afección de los derechos constitucionalmente reconocidos.

LA MADRE ALEGÓ QUE LA NIÑA MURIÓ POR DESUIDO

Los magistrados del TSJA, por otro lado, rechazan la alegación hecha por la defensa de Vanesa, argumentando que los hechos declarados probados en la sentencia no constituyen un delito de asesinato, y que debe no debe ser condenada por un delito doloso sino por un delito imprudente cometido por omisión.

Afirman los juzgadores en su escrito que consideran probado que la muerte de la pequeña se debió a que «ambos la golpearan con ánimo de acabar con su vida, y que los dos estuvieron de acuerdo en no prestarle asistencia médica, por lo que el delito se imputa a
los dos como coautores”.
Contra esta sentencia de confirmación de la condena a prisión permanente revisable cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.